El EUR 1 sirve para acreditar el origen de los productos de países con los que la Unión Europea tiene tratados y su emisión se realiza en el momento de exportación de las mercancías. El organismo emisor es la Unión Europea aunque serán las autoridades del Estado miembro o del país de exportación al que se refiera las encargadas de emitirlo. En concreto, estos países con tratados de la UE que se benefician de la normativa EUR1 son:
Siguiendo el nuevo reglamento nº 2454/93 de la Comisión de la Aduana Española, a partir del 4 de Noviembre del 2013, la aduana deja de firmar el documento EUR1 para mercancías que tengan un valor igual o menor a los 6.000€. En estos casos, para que tanto el exportador como el destinatario de la mercancía puedan seguir acogiéndose a la ventaja impositiva que se ofrece, deberán indicar en la su factura la siguiente nota:
“El exportador de los productos incluidos en el presente documento (autorización aduanera o de la autoridad gubernamental competente n° … (1) declara que, salvo indicación en sentido contrario, estos productos gozan de un origen preferencial… (2)”
(1) Se rellena con el número de autorización del exportador sólo en caso de que la factura sea hecha por un exportador autorizado.